Rifas y sorteos

Los interesados originarios de este Departamento presentan su solicitud en la oficina de recepción de esta Gobernación, para iniciar el trámite de la realización de rifas en beneficio de instituciones públicas y privadas,  COCODES, Comités Varios,  Asociaciones, fundaciones, ONG´S, Iglesias, Establecimientos Educativos, Centros Comerciales.

Requisitos

  • Solicitud de autorización dirigida al Gobernador Departamental.                         
  • Copia legalizada del Acta o de la Escritura constitutiva, debidamente inscrita en el Registro correspondiente.                    
  • Personería Jurídica de la entidad.                                           
  • Fotocopia de DPI.                      
  • Fotocopia simple de la patente de comercio y RTU.                                 
  • Factura de premios.              
  • Pago de fianza.           
  • Billetes o Ticket impresos. 

Base Legal

Ley del Organismo Ejecutivo Decreto 114-97, Artículo 46, 47 inciso d) y j).  Decreto Número 17-73 Código Penal Artículos 477, 478, 479.  Decreto Número 1610, Ley de Sorteo, Loterías y Espectáculos.  Reglamento para  Loterías, Rifas y Juegos Similares.  Acuerdo Gubernativo 635-2007.  Acuerdo Ministerial Número 452-2013.

Costo: Sin costo

Formulario

La Gobernación de Zacapa pone a su disposición la descarga de formulario digital en formato word y pdf para su usabilidad:

8. AUTORIZACIÓN DE RIFAS Y SORTEOS

8. AUTORIZACIÓN DE RIFAS Y SORTEOS

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